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13/01/2010NORMATIVA DECRETO 1/2010, de 7 de enero, por el que se modifica el Decreto 2/1992, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social de Castilla y León  Ver texto BOCYL Por medio de la Ley 13/1990, de 28 de noviembre, se creó el Consejo Económico y Social como órgano colegiado de carácter consultivo y asesor en materia socioeconómica y de comunicación entre los distintos intereses económicos y sociales de la Comunidad, así como de asesoramiento y diálogo entre tales intereses y la Administración Autonómica. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 de la citada Ley, por medio del Decreto 2/1992, de 16 de enero, se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social de Castilla y León. En el artículo 6 de este Reglamento se establecieron como órganos del Consejo el Pleno, la Comisión Permanente, las Comisiones de Trabajo, Presidente y Vicepresidentes. En el artículo 24 se regularon las Comisiones de Trabajo, definiéndolas como grupos de estudio para la elaboración de informes y dictámenes en materias propias de las competencias del Consejo, otorgando la condición de permanentes, sin perjuicio de las que pudieran ser constituidas por el Pleno, a las Comisiones de Trabajo de Área Social, Desarrollo Regional, e Inversiones e Infraestructuras. Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto 2/1992, de 16 de enero, y en aras de adaptar la regulación de las Comisiones de Trabajo Permanentes a la realidad actual de la actividad del Consejo Económico y Social, el Pleno del Consejo Económico y Social, en su reunión de 26 de junio de 2009, acordó por unanimidad la variación de la denominación de las referidas Comisiones de Trabajo Permanentes previstas en el Decreto 2/1992, de 16 de enero. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 7 de enero de 2010 DISPONE Artículo único: Se modifica el Decreto 2/1992, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social de Castilla y León, en los siguientes términos: El artículo 24.2 del Reglamento pasa a tener la siguiente redacción: «2. Sin perjuicio de las que pudieran ser constituidas por acuerdo del Pleno, tendrán la consideración de Comisiones de Trabajo Permanentes, las siguientes: – Comisión 1: Economía. – Comisión 2: Mercado Laboral. – Comisión 3: Calidad de vida y protección social.» DISPOSICIÓN FINAL El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Valladolid, 7 de enero de 2010. El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: JUAN VICENTE HERRERA CAMPO El Consejero de Economía y Empleo, Fdo.: TOMÁS VILLANUEVA RODRÍGUEZ Miércoles, 13 de enero de 2010
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